En torno a 14.500 presentaciones de medicamentos "podrán bajar de precio" cuando entre en vigor el nuevo Real Decreto por el que se regula el Sistema de Precios de Referencia y de Agrupaciones Homogéneas de Medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.
Así lo ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Ejecutivo.
El sistema de precios de referencia se implantó en España hace más de una décadacon el objetivo de controlar el coste de los fármacos financiados por la sanidad pública.
Los medicamentos entrarán en el sistema a los 10 años de su autorización
Por primera vez, con esta modificación, se podrán crear nuevos conjuntos cuando se cumplan diez años de la autorización del medicamento en España u otro país de la Unión Europea, aunque no cuenten con un genérico.
Según ha expuesto la vicepresidenta, todos los medicamentos entrarán en el sistema de precios de referencia a los diez años de su autorización.
Sáenz de Santamaría ha destacado que esta fórmula, utilizada por los países de "nuestro entorno", establece un marco "estable" y "transparente" que permitirá "beneficiar al Sistema Nacional de Salud pero también a los pacientes a la hora de adquirir los fármacos". "La medida permitirá que un buen número de medicamentos disminuya de precio", ha reiterado.
También por primera vez, se recoge la necesidad de comercialización efectiva de todas las presentaciones de medicamentos integradas en los conjuntos de referencia.
De este modo, según ha informado el Ministerio de Sanidad en una nota de prensa, "se garantiza el abastecimiento de las oficinas de farmacia para los medicamentos de precio menor y se evitan trastornos asistenciales".
Para el baremo se utiliza la "dosis diaria definida"
El nuevo sistema establece que el cálculo del precio de referencia de cada conjunto debe realizarse en base al coste/tratamiento/día menor de las presentaciones incluidas.
Para este baremo se utiliza la denominada "dosis diaria definida" (DDD) y el número de dosis diarias contenidas en cada presentación. Sin embargo, se prevén excepciones al sistema general de cálculo, con objeto de evitar "un efecto desproporcionado, garantizar la calidad de la prestación farmacéutica y evitar consecuencias negativas" para el Sistema Nacional de Salud.
La primera excepción aplica un "precio de referencia ponderado" a las presentaciones de medicamentos con dosificaciones especiales, para enfermedades graves o cuyos precios hayan sido revisados en los últimos dos años.
El segundo mecanismo otorga un "precio de referencia mínimo" en el que el laboratorio no estará obligado a alinear el precio de su presentación al precio industrial de referencia que le corresponda cuando éste sea inferior a 1,60 euros.
La normativa aprobada en el Consejo de Ministros regula, además del sistema de precios de referencia, el de agrupaciones homogéneas. Se trata de grupos en los que se integran las presentaciones de medicamentos financiados con el mismo principio activo en cuanto a dosis, contenido y vía de administración, que puedan ser objeto de intercambio en su dispensación.
En la prescripción por principio activo, puntualiza Sanidad, el farmacéutico dispensará el medicamento de precio más bajo de su agrupación homogénea y, en caso de igualdad, el genérico.
"La prescripción por denominación comercial es posible siempre y cuando se respete el principio de mayor eficiencia para el sistema. Pero si el medicamento prescrito tiene un precio superior al precio menor de su agrupación homogénea, el farmacéutico debe sustituirlo por el medicamento de precio más bajo", concluye Sanidad.
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